Presentación sobre ACTA para el Grupo Técnico Plural sobre ACTA del Senado de la República, México
BLOG ACTION WEEK AGAINST ACTA - BLOG ACTION WEEK AGAINST #ACTA
Alejandro Pisanty
1. Introducción
La Sociedad Internet de México, fundada hace 15 años, reúne a un pequeño grupo de personas altamente calificadas por sus conocimientos en materia de Internet y convencidas desde su origen de la necesidad de extender el acceso a Internet y sus beneficios a la sociedad en todas las formas posibles.
Somos conocidos también como ISOC México ya que, siendo una Asociación Civil plenamente constituida en Mëxico, somos además el capitulo México de la Internet Society, fundada con el objetivo de difundir el conocimiento acerca de Internet, impulsar el crecimiento de Internet, agrupar a los profesionales de Internet, constituir el “paraguas” corporativo de la Internet Engineering Task Force, y proteger la apertura de Internet mediante el apego a los estándares técnicos, la interoperabilidad, y otros principios fundamentales de diseño de la red que se reflejan en algunos principios éticos, sociales y legales.
ISOC, la Internet Society, es reconocida como interlocutor para organizar la representación de la comunidad técnica ante la OCDE; como ONG en ECOSOC de la ONU; como observador en la OMPI; y varios otros espacios de análisis y normativos.
2. Internet, conocimiento, desarrollo y propiedad intelectual
Como ha dicho el conocido investigador Manuel Castells, Internet no es la Sociedad de la Información pero es sin duda su tecnología paradigmática y la que ha hecho posible el rápido tránsito hacia la misma que actualmente vivimos.
Internet es un conjunto de tecnologías y estándares que aseguran que todo tipo de información o comunicación que pueda ser representado digitalmente pueda ser transmitido a través de la red. Esto lo garantizan los principios de interoperabilidad y de punta a punta (o “end to end”), que a su vez hacen que la red no tome decisiones dependientes del tipo de contenido o propósito del tráfico que transporta.
Así, la red no necesariamente está optimizada para un solo tipo de comunicación, digamos telefonía o televisión o correo electrónico, pero es la mejor red posible para llevar todos esos tipos de tráfico y muchos que han surgido a partir de su invención. Como la red no toma decisiones basadas en qué tráfico lleva en un instante determinado, sino que las deja a la “orilla”, a los dispositivos y software conectados a la red, en Internet no es necesario obtener autorización del operador para llevar tráfico de texto, fotografía, cine, o cualquier otro tipo; ni para determinar si éste es unidireccional, bidireccional entre dos puntos, broadcast, narrowcast, o entre múltiples puntos.
De aquí deriva el gran carácter innovador de Internet: en Internet no hace falta permiso para innovar. Las consecuencias son de todos conocidas; la explosión creativa y la difusión de sus resultados alcanzan ya, directa o indirectamente, a toda la humanidad, y crean una oportunidad única para replantear algunos temas fundamentales.
3. Cuestionamientos al concepto y a los alcances de la propiedad intelectual
En particular, Internet se suma a las tecnologías digitales preexistentes, y otras creadas más recientemente, para confrontar con un severo desafío a algunas hipótesis en las que se basan los sistemas de protección a los derechos de los creadores construidos en los últimos siglos.
Dos hipótesis fundamentales de estos sistemas son la imperfección progresiva de las copias y el costo de transacción para el traslado, transferencia o venta de las copias por parte de quien las vende o regala. La perfección de la copia digital, aún en copias sucesivas, y el casi nulo costo requerido por su transferencia, incluso si es masiva, han creado nuevos ecosistemas basados en la reproducción prácticamente ilimitada de contenidos soportados en copias digitales.
Algunos autores y empresas han iniciado nuevos modelos de negocios basados en esta facilidad de compartir. Se resignan a la casi imposibilidad de prohibir el copiado perfecto y de limitar su distribución y crean nuevos procesos y negocios, enteramente legales, basados en las nuevas hipótesis.
Y ciertamente la transparencia de costo creada por muchos años y muchos millones de copias – autorizadas, legales, o no – ha impulsado ideas como las de Richard Stallman – derecho a compartir – y hábitos de consumo de medios basados en la gratuidad, la imposibilidad material de limitar la difusión de las copias, la imposibilidad material que en muchos espacios existe para obtener copias autorizadas, y las decisiones –que el consumidor encuentra puramente arbitrarias y delirantemente irreales en el medio digital – de productores y distribuidores en el sentido de limitar o retrasar la distribución de bienes o servicios como las películas y las series de televisión.
Así, no la tecnología sino las imaginaciones a las que estimulan las facilidades que ofrece la tecnología, cuestionan profundamente el sentido de la propiedad intelectual, sus alcances actuales, los medios para promoverla y protegerla, y en algunos casos el concepto mismo de propiedad intelectual.
4. Diferencias conceptuales entre ámbitos jurídicos
Los regímenes jurídicos que rigen la protección de los derechos de los creadores varían enormemente entre países, regiones, matrices tecnológicas y espacios de los poderes fácticos.
Sin embargo, la convergencia digital emborrona algunas fronteras conceptuales (entre TV, video, cine y broadcast, por ejemplo), lo que algunas generaciones recientes encuentran confuso, impráctico y poco realista; cada vez menos realista, dado el rápido paso de avance de la tecnología y en particular de la convergencia.
La confluencia de los medios y tecnologías y el intenso carácter transjurisdiccional del movimiento de información han dado lugar a innovaciones legales y jurídicas como Creative Commons, el software libre y el de fuente abierta, la filosofía de Acceso Abierto en publicaciones científicas, y muchas más.
Es muy relevante señalar que en muchos de esos modelos se entiende “libre” de una forma que no implica gratuidad ni violaciones a las leyes vigentes, es más, ni siquiera conllevan un cambio a éstas. Es el caso de Creative Commons, una filosofía y un método a los que frecuentemente se descalifica atribuyéndoles una carta de extranjería sospechosa. Al hacerlo se ignora que una de las motivaciones del creador de Creative Commons, el Prof. Lawrence Lessig, fue incorporar a la esfera anglo-estadounidense conceptos de propiedad intelectual “continentales” comunes entre nosotros, como la separación de los derechos morales y los patrimoniales y su protección por separado.
5. ¿Se pueden extender los conceptos de propiedad al medio digital? ¿Cómo, cuándo, con qué limitaciones?
Debe quedar claro con lo expuesto hasta aquí que si los conceptos y métodos de protección asociados a los derechos de los creadores están problematizados a este nivel de profundidad, tanto más lo están el de falsificación y el de piratería.
Los medios técnicos para auxiliar en la protección contra las copias no autorizadas han variado a lo largo de los años en el medio digital. La mayoría de los medios para impedir las copias han sido objeto de circunvención, de modo que en un alambicamiento barroco y casi ptolemáico, las leyes en muchs países prohiben la circunvención, a veces en términos tan enérgicos que asfixian la innovación y la investigación por la magnitud de las penas y la incertidumbre en las demandas que pueden surgir contra los autores.
Los DRM, como se conoce a estos medios técnicos, se orientan, entonces, a la disuasión de la copia y de su distribución más que a impedirlas. La amenaza de poder rastrear una copia hasta su distribuidor original, y penalizar a éste, debiera ser un disuasor de la copia y la distribución.
Sin embargo, de poder creer a las cifras de las industrias que venden contenidos como música y video, este valor disuasorio no se ha materializado; antes al contrario, es risible, si en verdad fuera cierto que 95% de las copias que se distribuyen no son autorizadas.
Baste éste ejemplo como argumento para ilustrar la dificultad de emplear medios tecnológicos para impedir o limitar la difusión explosiva de las copias digitales de todo tipo de contenidos. Otros medios que han pasado por la imaginación son igualmente problemáticos: el rastreo de direcciones IP en el tránsito de paquetes por Internet, la exigencia de identificación y autenticación de los usuarios, por sólo mencionar algunas, son punto menos que inalcanzables, sea en diseño, en implementación, o por su fácil circunvención más allá de las fronteras de un solo país.
6. ACTA: “entorno digital” como un añadido postizo
En este amplio contexto, en este complejo ecosistema, surge la propuesta de acuerdo comercial internacional contra la piratería y la falsificación conocido como ACTA. ACTA responde a necesidades identificadas de diversas industrias, sobre todo en países desarrollados, y ha sido presentado como una extensión de los acuerdos TRIPS o ADPIC para darles precisión y facilitar su implementación y cumplimiento (coloquialmente, “darles dientes”).
Los originadotes de ACTA contemplan ante todo la falsificación de bienes de marca y la piratería en bienes físicos, y la administración de la propiedad industrial en mercados como el de medicamentos. Los especialistas en esos temas han hecho críticas, en algunos casos como el de tránsito de medicamentos entre países en desarrollo, a los aspectos y consecuencias negativos del Acuerdo.
También se ha criticado severamente al Acuerdo por su construcción y promoción fuera de la OMPI; que es vista como una forma de “forum Shopping”, o una circunvención a los mecanismos y votaciones de la OMPI, donde países como China, India y Brasil, y muchos africanos que pudieran mantener la independencia de su voto, harían imposible su aprobación.
Desde el punto de vista de procesos, se ha criticado en muchos países la confidencialidad y el secreto de las negociaciones del Acuerdo. Éstos se consideran excesivos, muy por encima de la reserva requerida en las primeras etapas y en las negociaciones más delicadas de cualquier acuerdo de gran magnitud e impacto.
Un punto más, inevitable para nosotros y que hacemos propio, es que el clausulado referente al entorno digital es poco claro, incluso respecto a su objeto (¿se refiere a todas las formas de copia y distribución digital, o sólo a las que se llevan a cabo en Internet?), mal alineado con las medidas adaptadas al tránsito físico de bienes, y, en suma, entendido como una suerte de parche añadido con premura y cierto grado de artificio al clausulado mucho más detalladamente elaborado para los otros casos.
Igualmente complejo, e ilustrativo de este aspecto, ha sido que se promoviera una discusión por separado del clausulado relativo a entorno digital y de las medidas civiles, penales, en frontera, y mecanismos de coordinación.
Es claro que las consideraciones sobre entorno digital fueron resultado de que los autores iniciales del Tratado se dijeron que no tenía sentido emprender una aventura de tal magnitud como ACTA sin considerar las copias digitales, y lo hicieron con mucho más voluntad que comprensión del entorno y tino en el resultado.
Además, las contradicciones no han faltado. Inicialmente la información escasa e inciertamente disponible dejaba ver que ACTA propondría una armonización de legislaciones entre los países firmantes que incluiría de manera explícita medidas orientadas a penalizar y disuadir la producción, almacenamiento y distribución de copias digitales, como las “medidas de respuesta graduada” que llevan a amenazas y castigos progresivamente más severos, y terminan en la privación de acceso a Internet a aquellas personas encontradas responsables de dichas conductas.
Igualmente, en esas etapas de la negociación, se entendía que la legislación que resultaría de ACTa en diversos países conllevaría la transferencia de funciones de persecución de conductas consideradas ilegales a particulares y pondría en entredicho la presunción de inocencia. Esta última apenas se empieza a insinuar en México y sería decapitada por las medidas en cuestión.
Finalmente, la postura pública y conocida de los negociadores ha diluido progresivamente la información respecto a las modificaciones legales que ACTA requerirá en los países firmantes. Sin embargo, algunos países – incluido México – han iniciado, con diversos grados de éxito, procesos legislativos alineados con el endurecimiento de medidas relacionadas con los propósitos de ACTA.
En México las iniciativas de ley en materia de copia privada y de respuesta graduada dan fe de esta afirmación. No se está implicando aquí causalidad de ACTA sobre estas leyes; las mismas fuerzas motrices activan uno y otras. La derrota, al menos temporal, de esas iniciativas ha sacado a la luz numerosas y poderosas gestiones de asociaciones de industria y de sociedades de gestión colectiva que volverán a poner los temas en la agenda pública.
7. Posición de respeto a la Ley y contribución a cambiarla
En este punto es imprescindible reafirmar que ISOC México no condona la violación de la ley ni la promueve. Estimamos imprescindible manifestarnos en relación con la creación de nuevos mecanismos, legales y extralegales, que puedan tener un efecto negativo sobre el ecosistema de Intenet y sobre el desarrollo de la Sociedad de la Información y la Sociedad del Conocimiento en México, como pueden serlo ACTA y las leyes asociadas o derivadas.
Acudimos a las instancias legales, como el IMPI, la Secretaría de Economía y el Poder Legislativo, cada uno en el ejercicio de sus funciones y utilizando los medios legales a nuestro alcance, para tratar de influir sobre el desarrollo de estos instrumentos en forma transparente, pública y basada en principios, ante todo los derivados de una comprensión a fondo de la tecnología de Internet y con el propósito de facilitar la extensión de Internet y sus beneficios a toda la población.
8. Lo que muestra, o parece mostrar, Wikileaks, sobre ACTA
Es imposible omitir una expresión acerca de los cables diplomáticos revelados recientemente por la organización Wikileaks sobre las negociaciones conducentes a ACTA, en otros países y en México. La apreciación de que en particular el gobierno de Estados Unidos ejerce presiones y ofrece apoyos no transparentes coincide con datos de campo y demerita trágicamente las negociaciones.
Sin descontar la convicción personal e institucional de los negociadores mexicanos respecto a las bondades del Acuerdo, que han expresado en algunos foros, no se aprecia un esfuerzo por deslindarlos de la interpretación alterna: la de obsecuencia ante los impulsores de ACTA en Estados Unidos.
Encontramos excesiva la identificación de niveles de amenaza que impera en el discurso de representantes de ese país, como la Secretaria de Estado Hillary Clinton, quien en su primer discurso sobre Libertad en Internet equipara la piratería de propiedad intelectual con el terrorismo. Dicha equiparación es un non sequitur, injustificado incluso en términos económicos, y confunde y nubla toda perspectiva de análisis.
Que los negociadores mexicanos de ACTA no hayan tomado distancia explícita de este argumento nos parece difícil de aceptar. Es uno de muchos deslindes imprescindibles porque las presiones y el discurso citados se suman a la lentitud y desgano de las consultas públicas sobre ACTA llevadas a cabo en nuestro país. Las opacidades se potencian en este caso.
9. Crítica a las cifras sobre piratería
Numerosas argumentaciones sobre piratería y daños por delitos o conductas contrarios al respeto estricto de los derechos patrimoniales en materia de propiedad intelectual se basan en cifras de pérdidas económicas debidas a dichas conductas. Estas cifras son dadas a conocer en boletines o conferencias de prensa y recogidas con fruición por la prensa, que suele darles un lugar de escánadalo.
Raramente se da a conocer la metodología con la que se calculan estas cifras, provenientes casi invariablemente de la industria que se dice afectada, y ciertamente no de una forma auditable y verificable por terceros. Lo que se reconoce de dicha metodología es profundamente dudoso y cuestionable. Se basa en estimados de unidades de producción intelectual o creación artística distribuidas sin autorización – un estimado de por sí difícil de calcular – y su multiplicación por precios de lista de esas unidades. Otros cálculos son variantes conceptuales del mismo y con problemas similares con el origen de unas de sus cifras y aplicabilidad de otras.
Un cálculo de esta naturaleza carece de toda credibilidad, ya que asume implícitamente que todas las unidades son vendidas al precio de lista o una fracción apreciable del mismo, cuando que en la realidad ninguna venta cercana a esos precios sería realizable entre las personas que adquieren (comercialmente o no) las copias de canciones, películas o software de referencia.
Estimamos que solamente un organismo público al que se considere libre de influencia de las industrias interesadas podrá realizar estimaciones creíbles. El Grupo Plural del Senado sobre ACTA podría seleccionar algunas organizaciones e instituciones debidamente equipadas, comisionar uno o más estudios, requerir que toda su metodología e insumos sean hechos del conocimiento público con total transparencia, y aproximar así cifras de consenso y tendencias creíbles que se puedan usar para tomar decisiones serias.
10. ACTA y sus derivados son Gobernanza de Internet y deben atender al régimen de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información
Un aspecto de enorme importancia que ha sido insuficientemente mencionado es que el acuerdo ACTA se constituye en un instrumento de Gobernanza de Internet. Citando el informe del Grupo de Trabajo sobre Gobernanza de Internet (WGIG, por sus siglas en inglés), constituido en 2004 por el Secretario General de la ONU y del que fui miembro:
“La gobernanza de Internet es el desarrollo y la aplicación por los gobiernos, el sector privado y la sociedad civil, en las funciones que les competen respectivamente, de principios, normas, reglas, procedimientos de adopción de decisiones y programas comunes que configuran la evolución y la utilización de Internet.”
Toda vez que ACTA pretende normar, si es aprobado, el intercambio de información y contenidos en Internet, su comercio, reglas y violaciones a las mismas, formas de establecer las violaciones, probarlas y penalizarlas, así como disuadir su comisión, se convierte en un instrumento de gobernanza de Internet.
Si bien el WGIG deliberadamente minimizó el tratamiento de temas de propiedad intelectual, y consecuentemente lo hizo también la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, considerando que era un tema tratado apropiadamente en otro foro internacional (la OMPI y la OMC, principalmente), ACTA inevitablemente tiene que ser analizado en la óptica de gobernanza de Internet.
Esto se debe a que ACTA hace confluir los temas especializados y propios de propiedad intelectual e industrial con el acceso a Internet. Aunque en las versiones finales el Acuerdo es discreto, incluso omiso a los detalles como las leyes de respuesta graduada, está inevitablemente asociado a la temática general de acceso al conocimiento y a la información, acceso a Internet, libertades en Internet, y varios más que forman parte del temario del WGIG y la CMSI.
Que ello ocurra por torpeza de los negociadores al no deslindarse temprano de las filtraciones sobre versiones iniciales o por cualquier otro motivo ya no salva al Acuerdo de este análisis.
A su vez, el punto inescapable de este análisis es que ACTA tendrá que quedar sujeto a los múltiples acuerdos alcanzados en la CMSI en sus etapas de Ginebra y de Túnez, entre los cuales destacan en la Agenda de Túnez (2005):
Artículo 29: “…Internet se ha convertido en un recurso mundial disponible para el público y su gobernanza debería constituir un elemento esencial de la agenda de la Sociedad de la Información. La gestión internacional de Internet debería ser multilateral, transparente y democrática, y hacerse con la plena participación de los gobiernos, el sector privado, la sociedad civil y las organizaciones internacionales. Esta gestión debería garantizar una distribución equitativa de los recursos, facilitar el acceso de todos y garantizar un funcionamiento estable y seguro de Internet, tomando en consideración el multilingüismo.”
Artículo 31: “..la gobernanza de Internet, llevada a cabo con arreglo a los Principios de Ginebra, es un elemento esencial de una Sociedad de la Información centrada en la persona, integradora, orientada al desarrollo y no discriminatoria.”
Para el ámbito de cada país, la Agenda de Túnez indica:
Artículo 68: “…reconocemos la necesidad de desarrollar la política pública por los gobiernos, en consulta con todas las partes interesadas.”
El carácter internacional de los asuntos de que se ocupa ACTA, por el solo hecho de ser un acuerdo internacional, lo somete a dicha óptica. Y la Agenda de Túnez, como todos los documentos emanados de la Cumbre, fue firmada por el Gobierno Federal, por lo que es tan vinculante como puedan serlo los propios instrumentos. Y además el Artículo 68 obliga al gobierno, en tanto firmante de los documentos de la CMSI, en su actuar al interior del país.
Se sigue de lo anterior que en el procesamiento de ACTA el gobierno mexicano debe llevar a cabo procedimientos democráticos, transparentes, y en los que participen todas las partes interesadas en pie de equidad. Ello no ha ocurrido hasta ahora; la instalación y puesta en operación del Grupo Plural del Senado es el principal de los pasos, en uno solo de los Poderes de la Federación. Por ello, por ser hasta ahora el único punto de contacto con el proceso que debe quedar regido bajo los criterios de la CMSI, es particularmente crítico que el Senado asegure el cumplimiento de sus preceptos.
11. Derechos en Internet y derecho a Internet
Otro derivado importante de la Cumbre ha sido la intensificación del análisis de los derechos humanos bajo una óptica de Internet. Si bien la Cumbre tuvo como premisa fundamental no crear nuevos derechos, también es cierto que el análisis de los temas de la Cumbre en una visión basada en derechos tiñó prácticamente todos los temas.
En años recientes, tanto dentro como fuera del contexto de la Cumbre, se ha debatido si Internet, o específicamente el acceso a Internet, es un derecho; y si lo fuera, si se trataría de un derecho humano, civil, político, social o económico. Algunos países han incluido el acceso a Internet, inclusive en algunos casos el acceso a Internet de banda ancha, en sus programas de servicio universal de telecomunicaciones, o abiertamente como un derecho.
En la brillante tesis doctoral de una socia destacada de ISOC México, la Dra. Clara Luz Álvarez González de Castilla, se debate este tema a profundidad. La conclusión de la Dra. Álvarez es que en la legislación mexicana el acceso a Internet no se puede reconocer actualmente como un derecho, sí es inevitable reconocer que el acceso a Internet es precondición para el ejercicio de todos los otros derechos.
Los acontecimientos recientes en Túnez y en Egipto también muestran cuán inaceptable se ha vuelto en las sociedades contemporáneas la negación de acceso a Internet.
Como ya se mencionó antes, el texto de ACTA no incluye ahora en forma explícita la amenaza de la negación del acceso como pena por infracciones a las reglas de protección de la propiedad intelectual. No es eludible la presunción de que estuvo en el marco de los debates entre los negociadores, ni que existe en la legislación de algunos países (como en la ley conocida como Ley HADOPI en Francia) y por lo tanto sería sujeto de armonización.
De modo que propondremos que uno de los resultados del análisis del Grupo Técnico, más allá del marco estrecho de la negociación actual del texto de ACTA y su firma, sea una declaración de principios del Senado que prohíba a futuro la negación del acceso a Internet excepto en aquellos casos en los que la ley determine la suspensión de otros derechos ciudadanos, como la privación de la libertad. Se evitará así que iniciativas originadas en pruritos excesivos, o acuerdos tácitos pero no menos comprometedores para las partes, abran de nuevo un debate sobre el conculcamiento de libertades y derechos que ya ha costado demasiado.
Entre otros derechos en riesgo, bajo amenazas aún más explícitas en el texto del Acuerdo, encontramos los de debido proceso, presunción de inocencia, y el de ser juzgado por autoridad competente. La amenaza concreta emana del artículo 27(4); si bien en éste se reconoce la acción de la autoridad al ser ésta quien da órdenes a los proveedores de servicios en línea, las órdenes conducen a la transmisión de información de los usuarios de los OSP directamente a un particular, el que se considera afectado, y n provee garantías contra sus posibles acciones.
Estos destellos de textos encontrados en borradores “filtrados” son motivo de preocupación tanto por sí solos, al aparecer en el texto final, como por lo que revelan sobre opiniones e intenciones extendidas entre los negociadores.
12. Regular conducta, regular tecnología, y el limitado alcance de la regulación de la conducta por medio de la regulación de la tecnología
Un tema recurrente en Internet es la relación entre la regulación de la conducta y la de la tecnología.
En general se puede afirmar que la existencia de una tecnología no origina la existencia de una conducta. La existencia de Internet por sí sola no determina ni el acceso a la información o la comunicación fraternal o la tolerancia entre seres humanos, ni el fraude o el odio o la distribución de información falsa o incorrecta.
En un plano filosófico establecido hace décadas se ha dejado de lado la afirmación muy común de que la tecnología es neutral, en el sentido de que es producida por una sociedad y una economía específicas. Por ello, de nuevo en ese plano filosófico, se puede apreciar que toda tecnología conlleva uno o más programas ideológicos de gran escala, a veces contradictorios entre sí.
Sin embargo, no existe lógica en pasar de ese análisis a la conclusión de que una tecnología como Internet, con la facilidad de almacenamiento, copia y distribución de contenidos que ya se ha discutido aquí, sea responsable de la distribución de copias no autorizadas de contenidos protegidos por algunos derechos en un lugar y bajo una legislación determinados. Las fuerzas motrices son otras: la dificultad de acceder al contenido, la insatisfacción con el precio, la convicción de que la operación es legal, la ignorancia de las restricciones legales o éticas en la regulación aplicable a la copia, o la abierta mala intención, el dolo.
O, dicho en forma más breve, la tecnología no viola las reglas; quienes lo hacen son las personas.
Y de ahí se sigue que ante todo los métodos para evitar el copiado ilegal o no autorizado deben orientarse a la conducta de las personas: educar, prevenir, evitar, las violaciones a la ley, antes que buscar el castigo, la disuasión, la intercepción en flagrancia, la colaboración de terceros sin autoridad legal.
13. Posición de ISOC global
La Internet Society ha expresado su punto de vista en repetidas ocasiones a lo largo del proceso de ACTA. Además de hacer notar como nosotros que las negociaciones han debido ser más abiertas, multisectoriales y participativas, ha señalado que Internet debe mantenerse abierto, abierto a la innovación y a las ideas, y que no es la tecnología la que comete delitos sino las personas.
14. Posición de ISOC México
En ISOC México hemos estado atentos a la evolución del acuerdo ACTA desde que por primera vez hubo noticias respecto a las negociaciones del mismo.
Dada la opacidad que resulta de los acuerdos de confidencialidad tomados por los negociadores de ACTA, en ISOC México se tuvo que buscar las fuentes más diversas y esperar su confronta con textos eventualmente publicados, confirmados, o desmentidos. Igualmente impulsamos, con algunos otros, a principios de 2010, la consulta pública que terminó realizando el IMPI en la sede de la Secretaría de Economía.
En las filtraciones – veraces o no – de las primeras rondas de negociación y en los textos que tardíamente fueron dados a conocer ISOC Méxic ha detectado repetidamente expresiones explícitas o indicios coherentes con que algunos de los negociadores y patrocinadores de ACTA (muchos de ellos en el sector privado) buscarían consagrar en ACTA mecanismos de disuasión, mediante la amenaza de sanciones como las de respuesta graduada, protecciones de enorme dureza contra presumibles violaciones de la propiedad intelectual.
Resalta también el hecho de que en países participantes en las negociaciones de ACTA se han promulgado leyes que tienen estas características. La más emblemática es la Ley HADOPI, en Francia. Iniciativas como la de Ley de Copia Privada y otras impulsadas en 2010 por la industria y las sociedades de gestión colectiva, en nuestro caso a través del Diputado Armando Báez Pinal, son consistentes con un cuadro de ofensiva mundial de estas organizaciones, que además está documentada en algunos países, y que ha sido hecha pública para México a través de Wikileaks. Deploramos que el IMPI no se haya deslindado de la pésima imagen de nuestro país que se traduce de los cables sobre ACTA y Mëxico.
Nos oponemos a las medidas que pudieran derivar de la matriz ideológica que encontramos detrás de ACTA, potencialmente conducentes al otorgamiento de una autoridad de inspección de tráfico en Internet a particulares y a la interferencia con el acceso a Internet, por su potencial – probado en el extranjero – de castigar en exceso a supuestos infractores que resulten inocentes o a infractores menores sin poder tocar a los delincuentes organizados.
Igualmente nos oponemos a la eventual imposición de dichas medidas porque desde que son puestas a debate tienen un profundo efecto que en el campo se conoce como “chilling effects”, efectos disuasorios excesivos, que llevan a que incluso actividades inocentes sean susceptibles de persecución y por ello frenan más a los creadores inocentes que a los delincuentes verdaderos.
Nos oponemos también al tratamiento que han dado diversos impulsores de este marco normativo a la tecnología, pretendiendo interferir con ésta en lugar de abordar las conductas delictivas propiamente dichas.
Todo lo aquí expuesto configuraría un esquema opuesto a favorecer la innovación en Internet en México. A eso nos oponemos.
Tenemos claro que en los textos más recientes de ACTA muchas de estas medidas han sido eliminadas. Que lo hayan sido se debe indudablemente, al menos en parte, a la presión de la comunidad Internet y la sociedad civil de los países participantes. Nada nos asegura que no estén echados a andar procesos legislativos o normativos en cada país que cumplan con las expectativas más agresivas de los promotores de la filosofía restrictiva ya descrita.
15. Necesidad de un amplio debate – ACTA ya ha cambiado por la contribución de expertos y sociedad civil, basada en “leaks”. Es hora de hacerlo transparente y público.
La intensidad de la controversia alrededor de ACTA y de otras normas relacionadas nos obliga a un análisis que vaya más allá de lo reactivo.
Creemos que un enfoque productivo para este debate debe incluir el balance entre diversos efectos negativos. Concentrándonos en los “chilling effects”, el balance se daría entre el efecto disuasor de la actividad en Internet que representa ACTA y el efecto disuasor de la actividad creativa que representan las copias no autorizadas y su distribución.
Este debate debe darse en atención de los paradigmas emergentes de la producción y distribución de la creación intelectual y artística. No se trata de privar a los creadores de medios honestos de vida, ni de triunfos, fama, riqueza y gloria. Los creadores merecen todo nuestro respeto. Igualmente, las sociedades de gestión colectiva: es potestad de los creadores agrupados en ellas exigirles cuentas de su actividad y organizarse de nuevas maneras sin las sociedades dejan de ser honestas o funcionales.
Sí se trata de que hagamos un balance nacional de gran escala entre diversos bienes o al menos entre diversos males. De un lado tendremos el acceso al conocimiento, la creación, el reciclaje rápido del conocimiento para producirrlo nuevo y mejor adaptado, los modelos de negocios emergentes. Del otro la defensa de la exclusiva de explotación de la obra. En un debate leal ninguna de las perspectivas tendrá una ventaja basada en la concentración de recursos económicos que la impulse.
16. Lo que esperamos del Senado:
a. Abrir el lente
Esperamos que el Senado adopte una perspectiva integral sobre la evolución del balance entre la protección de los derechos de los creadores, incluyendo la explotación de sus obras, y el acceso al conocimiento para hacer de México un país más educado.
Esperamos un debate sin falsas disyuntivas, sin información chatarra, sin influencias ocultas sea su origen nacional o del extranjero, sin chantajes sentimentales; un debate racional y abierto y no por ello menos intenso.
b. Orientar las leyes y tratados hacia el desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento
En el mismo sentido de la observación anterior, y pasando del debate a la construcción de los instrumentos legales que regirán el futuro de México, esperamos que el Senado, y con él todo el Poder Legislativo, formule leyes coherentes y consistentes entre sí, conscientes de su impacto a largo plazo sobre la educación y las formas nuevas de trabajo del Siglo 21, sobre el aprendizaje cotidiano de los ciudadanos.
En esas leyes y en los presupuestos federales, el Legislativo cuenta con muchas oportunidades para hacer las cosas bien para todos los actores de buena fe. Leyes de Educación, de Ciencia y Tecnología, de Telecomunicaciones, normas para el Ejecutivo, consulta ciudadana constante, estímulos dentro de los presupuestos, son expectativas razonables.
c. Promulgar un marco para la legislación subsecuente que asegure los derechos de los ciudadanos y el desarrollo del país por encima de intereses poderosos; que no hable sólo el dinero
Nadie tiene comprado el futuro.
El motivo fundamental de esta intervención, y el proceso que condujo a hacerla posible, es solicitar formalmente al Senado la creación de un marco de políticas públicas coherente, que además de impulsar la Sociedad de la Información y el Conocimiento formule límites claros a las limitaciones que los ciudadanos pueden sufrir por órdenes del Estado en su acceso a Internet, en forma que se pueda cumplir y hacer cumplir.
No estamos aquí porque el texto final de ACTA diga una palabra más o una palabra menos. Estamos aquí porque aunque el texto de ACTA sea silencioso y agnóstico respecto a las medidas que permiten restringir indebidamente el desarrollo de Internet, la amenaza de que sean impulsadas con renovada energía es real. Estamos aquí para solicitar formalmente al Senado que, con visión de futuro, con consulta y participación de todos los sectores, encauce el marco en que se desarrolla Internet hacia la apertura antes que a la restricción, no con una orientación al castigo y la amenaza sino con un compromimso franco con la innovación que no tiene que pedir permiso.
blog by Alejandro Pisanty. If I can sustain the effort I'll touch on IT in education, Internet Governance, UNAM projects, university rankings, ICANN, and a subject or two more. Español: blog sobre tecnologías de la información en educación, gobernanza de Internet, proyectos en la UNAM, "rankings" (clasificaciones) de Universidades,ICANN y un par de temas más - si puedo sostener el esfuerzo.
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miércoles, febrero 16, 2011
jueves, enero 21, 2010
ACTA - consulta del IMPI en México
Reunión de consulta pública sobre ACTA (Anticounterfeiting Trade Agreement) organizada por el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual)
20 de enero de 2010-01-20
El IMPI organizó este 20 de enero de 2010 una consulta pública sobre el acuerdo internacional, en negociación, conocido como ACTA. Presento aquí un resumen de aspectos sobresalientes y notas adicionales.
El Lic. Jorge Amigo, Director General del IMPI, y la Lic. Gilda González, Directora Adjunta que ha participado en las negociaciones, presentaron diversos puntos acerca del Acuerdo y dieron lugar a una discusión con y entre los asistentes que a ratos fue intensa.
ACTA es un acuerdo comercial contra la falsificación y la piratería que está siendo negociado por Estados Unidos, la Unión Europea, Japón, Corea, México, Marruecos, Nueva Zelanda, Australia, Suiza y algunos más. En lo fundamental es un acuerdo de coordinación que excede en poco a TRIPS y las legislaciones nacionales. Sin embargo ese exceso ha sido motivo de controversia.
La controversia proviene del secreto acordado entre las partes (no inusual en negociaciones de este tipo), y de filtraciones de información e interpretaciones. En la comunidad Internet llaman especialmente la atención las posibles medidas aplicables a las copias digitales de diversos contenidos hechas y distribuidas en línea, ya que pudieran llegar a contener medidas extremas como el castigo a internautas consistente en prohibir su conexión a Internet, la inspección de contenidos y responsabilidad por ellos a cargo de los ISPs, y otras.
Sin duda ACTA extiende y refuerza las legislaciones nacionales, los acuerdos internacionales (bilaterales, multilaterales o globales) internacionales, y otras prácticas. En más de un sentido, esta ampliación o refuerzo es de menores dimensiones, desde el punto de vista de las medidas para perseguir delitos o faltas administrativas, en comparación con el enorme aparato legal y de acción del Estado que ya existe en los países participantes.
En lo que se sabe, de manera parcial, extraoficial e informal, hay bases para temer que ACTA pueda llevar a la necesidad de que algunos países creen legislación nueva (por ejemplo, un país puede tener que crear legislación, ahora inexistente allí, que permita la persecución de la piratería como un delito, persecución ex-officio cuando ahora sólo es mediante acusación), a aplicaciones draconianas de la legislación existente, a la supresión o debilitamiento de la presunción de inocencia, y a la creación de un ambiente poco conducente al acceso al conocimiento, a compartirlo y a la creación colectiva de nuevos arte, ciencia, reflexión y conocimiento. No es posible en este momento confirmar o desmentir con base en documentos oficiales que esto ocurra, ni lo contrario. El tema requiere vigilancia constante.
El IMPI ha manifestado, en la sesión de hoy, que la delegación mexicana ha pugnado con las otras partes de la negociación por dar aperttura y transparencia a las negociaciones, dando a conocer los elementos de texto en negociación que sea posible. Textos disponibles en Internet sugieren que al menos otros dos países (Australia y Nueva Zelanda) lo hacen también.
La sesión convocada por el IMPI estaba anunciada inicialmente con una fuerte restricción: los asistentes deberían firmar un “NDA” o acuerdo de confidencialidad (el que se firma para tener acceso a información reservada en el Gobierno Federal mexicano) y no podrían introducir ni utilizar equipos de comunicaciones, cámaras fotográficas, localizadores, etc. Algunas gestiones intensivas en las 36 horas previas a la sesión dieron lugar a que el IMPI eliminara esta restricción; lamentablemente las instancias administrativas internas parecen haber estado desfasadas y el anuncio siguió hasta la última hora en la página Web del Instituto, causando irritación en quienes veían una contradicción altamente paradójica en que se convocara a una consulta pública y se exigiera confidencialidad respecto a su contenido.
El cambio de condiciones alteró a última hora la planeación y la conducción de la reunión en formas difíciles de prever.
La sesión contó con aproximadamente 60 participantes. La mayoría de ellos provenía de, o representaba a, sociedades de gestión colectiva de autores, compositores, artistas plásticos, etc., sociedades dedicadas a la protección de la propiedad intelectual de fonogramas, videogramas, y software, y despachos de abogados que trabajan en la materia (incluso alguno es abogado externo de una de las asociaciones). Un número muy pequeño de ciudadanos, expertos independientes, activistas y técnicos formaba el resto de la audiencia.
La sesión dio lugar a algunos incidentes dignos de nota; en particular destaco el que se dio alrededor de la actividad de Geraldine Juárez, @MissPirata, de emitir mensajes relativos a la sesión por Twitter. Cuando el Lic. Amigo y la Lic. González le pidieron dejar de hacerlo (apoyados por un miembro de su personal o el de la Secretaría) ella abandonó la sala (su propia narración está en http://criticapura.com/cronica-de-la-reunion-en-el-impi-por-geraldine-juarez/2010/01/ en sus propias palabras; considero inexacta su referencia a una de mis intervenciones, ya que en ella mencioné a ciudadanos, académicos y expertos en tecnología como ausentes de la discusión usual ante el Instituto).
La solicitud de no transmitir tiene bases en el llamado a la discreción que sustituyó al requerimiento de confidencialidad, y puede estar sujeta a debate. Geraldine optó por demostrar físicamente que hay una comunidad que no está dispuesta a participar en una reunión pública sin que esta tenga tal carácter público que se pueda transmitir libremente lo que en ella ocurre, un llamado a la transparencia total.
Me parece imperdonable, en cambio, que miembros de la audiencia hayan reclamado a gritos “que se vaya”, expresión de intolerancia que es de mal augurio y que reclamé posteriormente.
Después de una presentación ejemplificativa de la complejidad de las negociaciones, que no fue cabalmente entendida por algunos miembros de la audiencia, y en medio del avance de las discusiones, el Lic. Amigo propuso que una vez se haya cumplido la ronda de negociacones de ACTA en Guadalajara la semana del 25 al 29 de enero de 2010, el IMPI abra sesiones de trabajo especializadas en los capítulos de ACTA (persecución criminal, civil y administrativa, medidas en frontera, y entorno digital) con las agrupaciones que se ocupan de cada uno de esos temas.
Al referirse a la presencia de los internautas, los ciudadanos, ocurrieron dos cosas de que dejo nota:
1. El Lic. Amigo me hizo la distinción de proponer que yo sea el conducto para expresar la visión de los usuarios. Mi buen amigo el Lic. Agustín Ríos propuso que este papel sea cubierto por la AMIPCI como voz de los usuarios. Comento esto en un párrafo subsecuente.
2. El representante de la SOMAAP (sociedad de gestión colectiva de los artistas plásticos) reclamó “y ésos a qué vienen, qué producen”, lo cual le sería reclamado por mi parte también. Sin duda ésta fue la expresión más lamentable de la sesión, desde mi punto de vista; equivale a “si no tienen dinero en juego no estorben” a lo que parece una relación indebidamente estrecha con la autoridad. Del otro lado, en diversas posiciones, lo que se ve en juego es el acceso al conocimiento (no tomo partido por todas las posiciones relativas al “file-sharing” aquí pues son muchas y se requiere una discusión matizada. Sobre este punto se ha expresado también Antonio Martínez Velázquez, @antoniomarvel, en su blog
Hago resumen de la intervención que hice cerca del final de la sesión para que sirva de sumario de la situación prevaleciente y la prospectiva:
1. Una de los cambios en la sociedad más notables que produce Internet es una amplia desintermediación. Los ciudadanos se expresan directamente, no sólo a través de instancias corporativas; lo muestra el movimiento #InternetNecesario ocurrido en México en 2009. ISOC México reúne especialistas de diversas ramas relevantes para el entorno digital y contribuye al debate pero no se puede arrogar la representación de todos los puntos de vista de ciudadanos y usuarios de Internet. La AMIPCI como asociación de industria (“trade association”) tampoco puede hacerlo, toda vez que en muchas coordenadas los usuarios están contrapuestos a los miembros de la AMIPCI (ejemplo, usuarios de Internet vs. ISPs que son sus proveedores, relación cliente-proveedor) pero entre ambas asociaciones y otras podemos contribuir al debate.
2. Las negociaciones que no son cerradas no pueden ser “poco abiertas”. En ICANN hemos acumulado una gran experiencia en la conducción de procesos participativos amplios, transparentes, globales y efectivos, que conviene estudiar y aplicar mutatis mutandis.
3. Recomiendo al IMPI considerar que al menos parte de las negociaciones se conduzca bajo las “Chatham House rules” que permiten que se conozca el contenido de las mismas pero no se reste libertad a sus participantes, mediante el mecanismo de que al revelar lo que se dice no se revele quién lo dice. Esto nos es muy conocido a partir de los trabajos de la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información (CMSI o WSIS), del Grupo de Trabajo sobre Gobernanza de Internet (WGIG), el grupo asesor del Foro sobre Gobernanza de Internet (IGF MAG) y otros. Aplicarlas permitiría que el IMPI dé a conocer los principales temas en negociación y pulse la opinión pública y especializada sin debilitar la posición de la delegación mexicana ni su capacidad de negociación.
4. La sociedad civil tiene que estar presente en el proceso de ACTA por su interés en las leyes y tratados que norman la vida nacional, y debe ser vista no sólo como perpetradora de delitos (falsificación, piratería, etc.) sino como potencialmente acusada en falso o defensora de diversos derechos. Es la que consume lo que los autores y distribuidores venden y debe participar en la construcción de las reglas del mercado.
5. La politización de las discusiones es inevitable. Toda convivencia humana es política. En temas como los que atrae ACTA existe una polarización importante, desde los defensores a ultranza de la visión tradicional de la propiedad intelectual, hasta quienes no reconocen siquiera el concepto de propiedad intelectual en tanto propiedad. No puede ser sino política la discusión y políticos los medios para resolver dinámicamente las controversias. Esta politización ocurre sin que necesariamente las partes se alineen a lo largo ejes determinados por los partidos políticos.
6. Los temas que convergen en ACTA, en particular para el entorno digital e Internet, son cruciales para la construcción de la Sociedad del Conocimiento. Para esta construcción son indispensables el acceso al conocimiento y las posibilidades de compartir conocimiento y crear nuevo conocimiento a partir del existente, en formas tanto individual como colectiva. Añado que las tendencias que orientan al software de fuente abierta y al acceso abierto a publicaciones (“Open Access”) son de gran importancia para estos fines.
7. Algunos temas que pedimos enarbole el IMPI en las negociaciones, además de apoyar alguna provisión contra reglas demasiado amplias en la definición de delitos, incluyen el no convertir a los ISPs en policías ni en corresponsables cuando sus usuarios cometan conductas indebidas (“indemnización de los proveedores de acceso”, tema tradicional y fundamental de Internet y en el que convergimos plenamente con la AMITI), el evitar castigos extraordinarios como la suspensión de acceso a Internet, y similares. Además aprecio que la novedad del entorno digital está sorprendiendo todavía a muchas sociedades de gestión y asociaciones de industria, así como a algunas autoridades, y se requiere un amplio debate y una profunda comprensión de ese entorno para proceder con realismo y respeto.
La reunión se cerró con la promesa de la directiva del IMPI de continuar realizando foros, quizás por grupos, y pugnar por la apertura de las negociaciones. Ojalá así sea; la comunidad Internet en México tendrá que estar atenta, participar, expresar pronto las grandes líneas de principios que deben orientar las negociaciones, y elevar el nivel técnico de las discusiones. Puede hacerlo y estoy seguro de que lo hará.
20 de enero de 2010-01-20
El IMPI organizó este 20 de enero de 2010 una consulta pública sobre el acuerdo internacional, en negociación, conocido como ACTA. Presento aquí un resumen de aspectos sobresalientes y notas adicionales.
El Lic. Jorge Amigo, Director General del IMPI, y la Lic. Gilda González, Directora Adjunta que ha participado en las negociaciones, presentaron diversos puntos acerca del Acuerdo y dieron lugar a una discusión con y entre los asistentes que a ratos fue intensa.
ACTA es un acuerdo comercial contra la falsificación y la piratería que está siendo negociado por Estados Unidos, la Unión Europea, Japón, Corea, México, Marruecos, Nueva Zelanda, Australia, Suiza y algunos más. En lo fundamental es un acuerdo de coordinación que excede en poco a TRIPS y las legislaciones nacionales. Sin embargo ese exceso ha sido motivo de controversia.
La controversia proviene del secreto acordado entre las partes (no inusual en negociaciones de este tipo), y de filtraciones de información e interpretaciones. En la comunidad Internet llaman especialmente la atención las posibles medidas aplicables a las copias digitales de diversos contenidos hechas y distribuidas en línea, ya que pudieran llegar a contener medidas extremas como el castigo a internautas consistente en prohibir su conexión a Internet, la inspección de contenidos y responsabilidad por ellos a cargo de los ISPs, y otras.
Sin duda ACTA extiende y refuerza las legislaciones nacionales, los acuerdos internacionales (bilaterales, multilaterales o globales) internacionales, y otras prácticas. En más de un sentido, esta ampliación o refuerzo es de menores dimensiones, desde el punto de vista de las medidas para perseguir delitos o faltas administrativas, en comparación con el enorme aparato legal y de acción del Estado que ya existe en los países participantes.
En lo que se sabe, de manera parcial, extraoficial e informal, hay bases para temer que ACTA pueda llevar a la necesidad de que algunos países creen legislación nueva (por ejemplo, un país puede tener que crear legislación, ahora inexistente allí, que permita la persecución de la piratería como un delito, persecución ex-officio cuando ahora sólo es mediante acusación), a aplicaciones draconianas de la legislación existente, a la supresión o debilitamiento de la presunción de inocencia, y a la creación de un ambiente poco conducente al acceso al conocimiento, a compartirlo y a la creación colectiva de nuevos arte, ciencia, reflexión y conocimiento. No es posible en este momento confirmar o desmentir con base en documentos oficiales que esto ocurra, ni lo contrario. El tema requiere vigilancia constante.
El IMPI ha manifestado, en la sesión de hoy, que la delegación mexicana ha pugnado con las otras partes de la negociación por dar aperttura y transparencia a las negociaciones, dando a conocer los elementos de texto en negociación que sea posible. Textos disponibles en Internet sugieren que al menos otros dos países (Australia y Nueva Zelanda) lo hacen también.
La sesión convocada por el IMPI estaba anunciada inicialmente con una fuerte restricción: los asistentes deberían firmar un “NDA” o acuerdo de confidencialidad (el que se firma para tener acceso a información reservada en el Gobierno Federal mexicano) y no podrían introducir ni utilizar equipos de comunicaciones, cámaras fotográficas, localizadores, etc. Algunas gestiones intensivas en las 36 horas previas a la sesión dieron lugar a que el IMPI eliminara esta restricción; lamentablemente las instancias administrativas internas parecen haber estado desfasadas y el anuncio siguió hasta la última hora en la página Web del Instituto, causando irritación en quienes veían una contradicción altamente paradójica en que se convocara a una consulta pública y se exigiera confidencialidad respecto a su contenido.
El cambio de condiciones alteró a última hora la planeación y la conducción de la reunión en formas difíciles de prever.
La sesión contó con aproximadamente 60 participantes. La mayoría de ellos provenía de, o representaba a, sociedades de gestión colectiva de autores, compositores, artistas plásticos, etc., sociedades dedicadas a la protección de la propiedad intelectual de fonogramas, videogramas, y software, y despachos de abogados que trabajan en la materia (incluso alguno es abogado externo de una de las asociaciones). Un número muy pequeño de ciudadanos, expertos independientes, activistas y técnicos formaba el resto de la audiencia.
La sesión dio lugar a algunos incidentes dignos de nota; en particular destaco el que se dio alrededor de la actividad de Geraldine Juárez, @MissPirata, de emitir mensajes relativos a la sesión por Twitter. Cuando el Lic. Amigo y la Lic. González le pidieron dejar de hacerlo (apoyados por un miembro de su personal o el de la Secretaría) ella abandonó la sala (su propia narración está en http://criticapura.com/cronica-de-la-reunion-en-el-impi-por-geraldine-juarez/2010/01/ en sus propias palabras; considero inexacta su referencia a una de mis intervenciones, ya que en ella mencioné a ciudadanos, académicos y expertos en tecnología como ausentes de la discusión usual ante el Instituto).
La solicitud de no transmitir tiene bases en el llamado a la discreción que sustituyó al requerimiento de confidencialidad, y puede estar sujeta a debate. Geraldine optó por demostrar físicamente que hay una comunidad que no está dispuesta a participar en una reunión pública sin que esta tenga tal carácter público que se pueda transmitir libremente lo que en ella ocurre, un llamado a la transparencia total.
Me parece imperdonable, en cambio, que miembros de la audiencia hayan reclamado a gritos “que se vaya”, expresión de intolerancia que es de mal augurio y que reclamé posteriormente.
Después de una presentación ejemplificativa de la complejidad de las negociaciones, que no fue cabalmente entendida por algunos miembros de la audiencia, y en medio del avance de las discusiones, el Lic. Amigo propuso que una vez se haya cumplido la ronda de negociacones de ACTA en Guadalajara la semana del 25 al 29 de enero de 2010, el IMPI abra sesiones de trabajo especializadas en los capítulos de ACTA (persecución criminal, civil y administrativa, medidas en frontera, y entorno digital) con las agrupaciones que se ocupan de cada uno de esos temas.
Al referirse a la presencia de los internautas, los ciudadanos, ocurrieron dos cosas de que dejo nota:
1. El Lic. Amigo me hizo la distinción de proponer que yo sea el conducto para expresar la visión de los usuarios. Mi buen amigo el Lic. Agustín Ríos propuso que este papel sea cubierto por la AMIPCI como voz de los usuarios. Comento esto en un párrafo subsecuente.
2. El representante de la SOMAAP (sociedad de gestión colectiva de los artistas plásticos) reclamó “y ésos a qué vienen, qué producen”, lo cual le sería reclamado por mi parte también. Sin duda ésta fue la expresión más lamentable de la sesión, desde mi punto de vista; equivale a “si no tienen dinero en juego no estorben” a lo que parece una relación indebidamente estrecha con la autoridad. Del otro lado, en diversas posiciones, lo que se ve en juego es el acceso al conocimiento (no tomo partido por todas las posiciones relativas al “file-sharing” aquí pues son muchas y se requiere una discusión matizada. Sobre este punto se ha expresado también Antonio Martínez Velázquez, @antoniomarvel, en su blog
Hago resumen de la intervención que hice cerca del final de la sesión para que sirva de sumario de la situación prevaleciente y la prospectiva:
1. Una de los cambios en la sociedad más notables que produce Internet es una amplia desintermediación. Los ciudadanos se expresan directamente, no sólo a través de instancias corporativas; lo muestra el movimiento #InternetNecesario ocurrido en México en 2009. ISOC México reúne especialistas de diversas ramas relevantes para el entorno digital y contribuye al debate pero no se puede arrogar la representación de todos los puntos de vista de ciudadanos y usuarios de Internet. La AMIPCI como asociación de industria (“trade association”) tampoco puede hacerlo, toda vez que en muchas coordenadas los usuarios están contrapuestos a los miembros de la AMIPCI (ejemplo, usuarios de Internet vs. ISPs que son sus proveedores, relación cliente-proveedor) pero entre ambas asociaciones y otras podemos contribuir al debate.
2. Las negociaciones que no son cerradas no pueden ser “poco abiertas”. En ICANN hemos acumulado una gran experiencia en la conducción de procesos participativos amplios, transparentes, globales y efectivos, que conviene estudiar y aplicar mutatis mutandis.
3. Recomiendo al IMPI considerar que al menos parte de las negociaciones se conduzca bajo las “Chatham House rules” que permiten que se conozca el contenido de las mismas pero no se reste libertad a sus participantes, mediante el mecanismo de que al revelar lo que se dice no se revele quién lo dice. Esto nos es muy conocido a partir de los trabajos de la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información (CMSI o WSIS), del Grupo de Trabajo sobre Gobernanza de Internet (WGIG), el grupo asesor del Foro sobre Gobernanza de Internet (IGF MAG) y otros. Aplicarlas permitiría que el IMPI dé a conocer los principales temas en negociación y pulse la opinión pública y especializada sin debilitar la posición de la delegación mexicana ni su capacidad de negociación.
4. La sociedad civil tiene que estar presente en el proceso de ACTA por su interés en las leyes y tratados que norman la vida nacional, y debe ser vista no sólo como perpetradora de delitos (falsificación, piratería, etc.) sino como potencialmente acusada en falso o defensora de diversos derechos. Es la que consume lo que los autores y distribuidores venden y debe participar en la construcción de las reglas del mercado.
5. La politización de las discusiones es inevitable. Toda convivencia humana es política. En temas como los que atrae ACTA existe una polarización importante, desde los defensores a ultranza de la visión tradicional de la propiedad intelectual, hasta quienes no reconocen siquiera el concepto de propiedad intelectual en tanto propiedad. No puede ser sino política la discusión y políticos los medios para resolver dinámicamente las controversias. Esta politización ocurre sin que necesariamente las partes se alineen a lo largo ejes determinados por los partidos políticos.
6. Los temas que convergen en ACTA, en particular para el entorno digital e Internet, son cruciales para la construcción de la Sociedad del Conocimiento. Para esta construcción son indispensables el acceso al conocimiento y las posibilidades de compartir conocimiento y crear nuevo conocimiento a partir del existente, en formas tanto individual como colectiva. Añado que las tendencias que orientan al software de fuente abierta y al acceso abierto a publicaciones (“Open Access”) son de gran importancia para estos fines.
7. Algunos temas que pedimos enarbole el IMPI en las negociaciones, además de apoyar alguna provisión contra reglas demasiado amplias en la definición de delitos, incluyen el no convertir a los ISPs en policías ni en corresponsables cuando sus usuarios cometan conductas indebidas (“indemnización de los proveedores de acceso”, tema tradicional y fundamental de Internet y en el que convergimos plenamente con la AMITI), el evitar castigos extraordinarios como la suspensión de acceso a Internet, y similares. Además aprecio que la novedad del entorno digital está sorprendiendo todavía a muchas sociedades de gestión y asociaciones de industria, así como a algunas autoridades, y se requiere un amplio debate y una profunda comprensión de ese entorno para proceder con realismo y respeto.
La reunión se cerró con la promesa de la directiva del IMPI de continuar realizando foros, quizás por grupos, y pugnar por la apertura de las negociaciones. Ojalá así sea; la comunidad Internet en México tendrá que estar atenta, participar, expresar pronto las grandes líneas de principios que deben orientar las negociaciones, y elevar el nivel técnico de las discusiones. Puede hacerlo y estoy seguro de que lo hará.
jueves, septiembre 10, 2009
Privacidad, nombres de dominio, propiedad intelectual y telecomunicaciones en la ICC México (International Chamber of Commerce Mexico)
El día de ayer (9 de septiembre de 2009) se llevó a cabo un interesante seminario sobre los temas de privacidad, nombres de dominio, propiedad intelectual y telecomunicaciones organizado por la Cámara Internacional de Comercio (ICC) México. La referencia al seminario, que contó con espléndida organización y conducción de ICC México y del Lic. Juan Mijares, está en http://www.iccmex.org.mx/correos/2009/septiembre/PIyTI.html.
A continuación las notas que tomé durante la sesión:
ICC-México-Seminario-9-9-2009
Mesa 1. Nombres de dominio.
Interesante y vivo debate entre Pablo Hinojosa, Kiyoshi Tsuru y Óscar Robles acerca de la expansión de gTLDs y sus implicaciones para la propiedad intelectual y sobre todo la industrial. El Dr. Tsuru somete a debate la tesis de que desde el punto de vista de propiedad intelectual la creación de nuevos gTLDs sólo representa ineficiencias, conflictos y costos para las marcas establecidas. La tesis es debatida ampliamente.
Mesa 2. Privacidad y su impacto en la propiedad intelectual.
Alejandro Pisanty explica cómo la persecución del cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual en las formas que permite el medio digital (por ejemplo DRM) tiene un impacto directo sobre la privacidad, ya que se requiere interferir con ésta para averiguar si es legal la posesión de productos intelectuales como música, video, o software. Refiere los marcos actuales generales de análisis de privacidad, intimidad, protección de datos personales, y reputación, con referencia a redes sociales y efectos voluntarios, involuntarios y preterintencionales de la publicación de información en Internet y la cesión de derechos a compañías como Facebook. Refiere también el marco internacional derivado de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, Grupo de Trabajo sobre Gobernanza de Internet y Foro sobre Gobernanza de Internet. Finalmente señala algunas tendencias globales y locales que impulsan la intensificación del acceso a la información bajo esquemas como Open Access y Creative Commons, que se han vuelto políticas de Estado en algunos países. Concluye señalando que gracias a muy variados esfuerzos en el mundo, comerciales y no comerciales, se está viviendo una reedición de la máxima “La información quiere ser libre” y llama a los presentes a aprovechar al máximo las oportunidades a su alcance para facilitar la construcción de la Sociedad de la Información en México.
Alfredo Reyes Krafft hace un repaso brillante de los conceptos de privacidad, intimidad, etc. y su presentación actual en términos de autodeterminación informativa. A partir de ello, muestra los marcos internacionales y nacionales de la protección de datos personales, en posesión sea del Estado sea de particulares, y avances recientes en ellos, y en particular en la colaboración entre la Unión Europea y el mecanismo APEC. Finalmente señala aspectos relevantes (muchos de ellos potencialmente negativos para la industria) de iniciativas de ley que han sido presentadas en México en los últimos años.
Jacobo Esquenazi hace una descripción más puntual y detallada de aspectos de legislación y prácticas prevalecientes en materia de protección de datos personales. Entra en detalle en aspectos fundamentales de la evolución del tema, entre los cuales se incluyen consentimiento de los usuarios, responsabilidades de quienes capturan la información y quienes la procesan en contratos de tercerización, y otros temas altamente relevantes.
El Lic. Juan Mijares hace importante contribución al debate desde su atinada moderación.
MESA 3 – propiedad intelectual en el entorno digital
(No tengo nota propia; dependeremos de la del Lic. Jesús Molina)
Mesa vespertina: Aspectos regulatorios en materia de TICs
Javier Tejado – analista del sector de telecomunicaciones.
Enumera las dificultades que enfrenta – en su análisis como analista y no como representante de ninguna empresa que haya representado o represente – el sector de telecomunicaciones:
Conflictos entre ejecutivo y legislativo
Conflictos al interior del ejecutivo (SCT-Cofetel, SCT-Subsecretaría-Reglamento, etc.)
Incongruencias como doble ventanilla, funciones de Cofetel que tiene que ejecutar la SCT (vgr. Sanciones), funciones indelegables del Secretario en SCT que tienen detenidos unos 8,000 trámites, etc.
Impacto de los nuevos impuestos anunciados el 8.9.009 por el Ejecutivo Federal, ineficientes (captan poco) y regresivos (incluyendo su incidencia sobre la demanda que muestra alta elasticidad al precio).
Concluye que no se puede esperar Convergencia ni Competencia en lo que resta del sexenio actual.
Arq. Héctor Osuna – presidente de la COFETEL
Pedigree de la UIT
Convergencia tecnológica
Fibra obscura de la CFE: ni tiene toda la fortaleza de la Cofetel ni toda la de otras áreas como COFECO.
En Estados Unidos la FCC concentra todas las funciones.
Usa esto como pie para hablar de modificaciones al marco regulatorio.
Licitaciones del espectro para ampliar la oferta de servicios. Entrarán los actuales proveedores pero se busca que entren también nuevos actores para que se diversifiquen los servicios y disminuyan los precios; incluyen bandas como las requeridas para WiMax.
Asignación de uso de la fibra óptica de la CFE para incrementar la competencia.
Radiodifusión.
Identificación de bandas de uso libre.
Programa de licitaciones – considera la promoción de:
Servicios móviles de tercera generación.
Otros.
Principales beneficios potenciales de las licitaciones.
El principal reto es caminar como país adoptando reglamentos, leyes e instituciones a la velocidad que el país lo requiere para aprovechar las nuevas tecnologías y nuevos modelos de negocios. El objetivo de Cofetel es facilitar inversión que beneficie a los mexicanos.
Héctor Huerta (CANITEC)
Describe la naturaleza y alcance de la industria de televisión por cable y de la propia CANITEC. Señala que todas las empresas ofrecen “triple play” a un total de aproximadamente 1.5 millones de usuarios.
CANITEC ha estado muy activa ante la convergencia, y muestra las actividades y organismos internacionales relevantes en los cuales participa. A ellos han llevado temas no resueltos en México, para su estudio, explica. De allí han entendido como abrir en México algunos temas regulatorios.
Hace comparaciones del impacto económico de las telecomunicaciones y otras clasificaciones internacionales.
Muestra el panorama competitivo en México, con estadísticas de la OCDE, y refiere su impacto negativo para los precios, acceso a números de usuarios (baja penetración en líneas fijas y banda ancha).
Recomendaciones de la OCDE:
Consultas formales y procedimientos transaparentes
Regulación asimétrica a operador dominante,
Etc.
Casos de éxito de regulación en otros ámbitos, vgr. Unión Europea, Corea, Japón, etc. para identificar factores que llevaron a alta penetración de banda ancha.
En particular detalla la directiva 2002/77/CE que indica que ninguna empresa que opere redes públicas de telecomunicaciones debe ofrecer televisión en esas redes, y se debe evitar efectos negativos del poder del incumbente. La competencia es importantísima para aumentar el alcance de las redes y sus servicios.
Panorama actual en el que se expresa favorablemente de la Cofetel bajo la gestión del Arq. Héctor Osuna. Enlista portabilidad numérica, declaratorias de dominancia de Telmex, Plan Técnico Fundamental de Interconexión e Interoperabilidad, consolidación de áreas de servicio local en telefonía, interconexión móvil (reducción de tarifas) y larga distancia (reducción de tarifas y otras acciones); en cada caso señala la acción negativa de Telmex o Telcel.
Señala que los retos en el sector son: condiciones de competencia, eliminación de conductas anticompetitivas, regulación asimétrica, política pública tendiente a equilibrar la competencia en los mercados, más servicios de telecomunicaciones con mayor calidad y a precios más asequibles, y con todo ello poner las TICs al alcance de la mayoría de la población.
Jorge Navarro Isla.
“Prospectiva regulatoria. Una mirada a Oriente y otra a México”
Gobernanza de Internet – derivados de la CMSI (hace referencia a labor de A. Pisanty)
Agenda de Túnez de la CMSI: entre otros temas enfatiza el mandato de disminuir los costos de interconexión de Internet.
Acceso a TICs – celular y otras tecnologías.
Otras comparaciones internacionales: conectividad, educación, ámbitos legal, institucional y tecnológico.
Atribuye ventajas comparativas a los países de Oriente al orden y respeto a las leyes, a la prevalencia de la autoridad, y a que se antepone el bien común al individual. Otras comparaciones desfavorables a México incluyen calidad de la educación y en particular en temas como matemáticas y ciencia, en que es particularmente baja.
Atribuye al “todos contra todos” y a otras formas de desorganización e incongruencia, opuesto al orden marcado por la autoridad prevaleciente en los países asiáticos que ha estudiado, una parte sustancial de los problemas de telecomunicaciones, brecha digital, y relacionados de México.
Cita a Hamadoun Touré en la promoción de las agendas de la sociedad de la información – seguridad de la información, otros referidos por ellos.
En la prospectiva regulatoria termina diciendo “vamos a ver qué pasa” con White Spaces, cloud computing, etc.
Preguntas y respuestas.
Juan Mijares (moderador) a Héctor Osuna: qué podemos hacer para promover la penetración de banda ancha, mejorar negocios, y reducir brecha digital.
Respuesta: fortalecer de una vez por todas al órgano regulador, sin más indecisiones.
A continuación las notas que tomé durante la sesión:
ICC-México-Seminario-9-9-2009
Mesa 1. Nombres de dominio.
Interesante y vivo debate entre Pablo Hinojosa, Kiyoshi Tsuru y Óscar Robles acerca de la expansión de gTLDs y sus implicaciones para la propiedad intelectual y sobre todo la industrial. El Dr. Tsuru somete a debate la tesis de que desde el punto de vista de propiedad intelectual la creación de nuevos gTLDs sólo representa ineficiencias, conflictos y costos para las marcas establecidas. La tesis es debatida ampliamente.
Mesa 2. Privacidad y su impacto en la propiedad intelectual.
Alejandro Pisanty explica cómo la persecución del cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual en las formas que permite el medio digital (por ejemplo DRM) tiene un impacto directo sobre la privacidad, ya que se requiere interferir con ésta para averiguar si es legal la posesión de productos intelectuales como música, video, o software. Refiere los marcos actuales generales de análisis de privacidad, intimidad, protección de datos personales, y reputación, con referencia a redes sociales y efectos voluntarios, involuntarios y preterintencionales de la publicación de información en Internet y la cesión de derechos a compañías como Facebook. Refiere también el marco internacional derivado de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, Grupo de Trabajo sobre Gobernanza de Internet y Foro sobre Gobernanza de Internet. Finalmente señala algunas tendencias globales y locales que impulsan la intensificación del acceso a la información bajo esquemas como Open Access y Creative Commons, que se han vuelto políticas de Estado en algunos países. Concluye señalando que gracias a muy variados esfuerzos en el mundo, comerciales y no comerciales, se está viviendo una reedición de la máxima “La información quiere ser libre” y llama a los presentes a aprovechar al máximo las oportunidades a su alcance para facilitar la construcción de la Sociedad de la Información en México.
Alfredo Reyes Krafft hace un repaso brillante de los conceptos de privacidad, intimidad, etc. y su presentación actual en términos de autodeterminación informativa. A partir de ello, muestra los marcos internacionales y nacionales de la protección de datos personales, en posesión sea del Estado sea de particulares, y avances recientes en ellos, y en particular en la colaboración entre la Unión Europea y el mecanismo APEC. Finalmente señala aspectos relevantes (muchos de ellos potencialmente negativos para la industria) de iniciativas de ley que han sido presentadas en México en los últimos años.
Jacobo Esquenazi hace una descripción más puntual y detallada de aspectos de legislación y prácticas prevalecientes en materia de protección de datos personales. Entra en detalle en aspectos fundamentales de la evolución del tema, entre los cuales se incluyen consentimiento de los usuarios, responsabilidades de quienes capturan la información y quienes la procesan en contratos de tercerización, y otros temas altamente relevantes.
El Lic. Juan Mijares hace importante contribución al debate desde su atinada moderación.
MESA 3 – propiedad intelectual en el entorno digital
(No tengo nota propia; dependeremos de la del Lic. Jesús Molina)
Mesa vespertina: Aspectos regulatorios en materia de TICs
Javier Tejado – analista del sector de telecomunicaciones.
Enumera las dificultades que enfrenta – en su análisis como analista y no como representante de ninguna empresa que haya representado o represente – el sector de telecomunicaciones:
Conflictos entre ejecutivo y legislativo
Conflictos al interior del ejecutivo (SCT-Cofetel, SCT-Subsecretaría-Reglamento, etc.)
Incongruencias como doble ventanilla, funciones de Cofetel que tiene que ejecutar la SCT (vgr. Sanciones), funciones indelegables del Secretario en SCT que tienen detenidos unos 8,000 trámites, etc.
Impacto de los nuevos impuestos anunciados el 8.9.009 por el Ejecutivo Federal, ineficientes (captan poco) y regresivos (incluyendo su incidencia sobre la demanda que muestra alta elasticidad al precio).
Concluye que no se puede esperar Convergencia ni Competencia en lo que resta del sexenio actual.
Arq. Héctor Osuna – presidente de la COFETEL
Pedigree de la UIT
Convergencia tecnológica
Fibra obscura de la CFE: ni tiene toda la fortaleza de la Cofetel ni toda la de otras áreas como COFECO.
En Estados Unidos la FCC concentra todas las funciones.
Usa esto como pie para hablar de modificaciones al marco regulatorio.
Licitaciones del espectro para ampliar la oferta de servicios. Entrarán los actuales proveedores pero se busca que entren también nuevos actores para que se diversifiquen los servicios y disminuyan los precios; incluyen bandas como las requeridas para WiMax.
Asignación de uso de la fibra óptica de la CFE para incrementar la competencia.
Radiodifusión.
Identificación de bandas de uso libre.
Programa de licitaciones – considera la promoción de:
Servicios móviles de tercera generación.
Otros.
Principales beneficios potenciales de las licitaciones.
El principal reto es caminar como país adoptando reglamentos, leyes e instituciones a la velocidad que el país lo requiere para aprovechar las nuevas tecnologías y nuevos modelos de negocios. El objetivo de Cofetel es facilitar inversión que beneficie a los mexicanos.
Héctor Huerta (CANITEC)
Describe la naturaleza y alcance de la industria de televisión por cable y de la propia CANITEC. Señala que todas las empresas ofrecen “triple play” a un total de aproximadamente 1.5 millones de usuarios.
CANITEC ha estado muy activa ante la convergencia, y muestra las actividades y organismos internacionales relevantes en los cuales participa. A ellos han llevado temas no resueltos en México, para su estudio, explica. De allí han entendido como abrir en México algunos temas regulatorios.
Hace comparaciones del impacto económico de las telecomunicaciones y otras clasificaciones internacionales.
Muestra el panorama competitivo en México, con estadísticas de la OCDE, y refiere su impacto negativo para los precios, acceso a números de usuarios (baja penetración en líneas fijas y banda ancha).
Recomendaciones de la OCDE:
Consultas formales y procedimientos transaparentes
Regulación asimétrica a operador dominante,
Etc.
Casos de éxito de regulación en otros ámbitos, vgr. Unión Europea, Corea, Japón, etc. para identificar factores que llevaron a alta penetración de banda ancha.
En particular detalla la directiva 2002/77/CE que indica que ninguna empresa que opere redes públicas de telecomunicaciones debe ofrecer televisión en esas redes, y se debe evitar efectos negativos del poder del incumbente. La competencia es importantísima para aumentar el alcance de las redes y sus servicios.
Panorama actual en el que se expresa favorablemente de la Cofetel bajo la gestión del Arq. Héctor Osuna. Enlista portabilidad numérica, declaratorias de dominancia de Telmex, Plan Técnico Fundamental de Interconexión e Interoperabilidad, consolidación de áreas de servicio local en telefonía, interconexión móvil (reducción de tarifas) y larga distancia (reducción de tarifas y otras acciones); en cada caso señala la acción negativa de Telmex o Telcel.
Señala que los retos en el sector son: condiciones de competencia, eliminación de conductas anticompetitivas, regulación asimétrica, política pública tendiente a equilibrar la competencia en los mercados, más servicios de telecomunicaciones con mayor calidad y a precios más asequibles, y con todo ello poner las TICs al alcance de la mayoría de la población.
Jorge Navarro Isla.
“Prospectiva regulatoria. Una mirada a Oriente y otra a México”
Gobernanza de Internet – derivados de la CMSI (hace referencia a labor de A. Pisanty)
Agenda de Túnez de la CMSI: entre otros temas enfatiza el mandato de disminuir los costos de interconexión de Internet.
Acceso a TICs – celular y otras tecnologías.
Otras comparaciones internacionales: conectividad, educación, ámbitos legal, institucional y tecnológico.
Atribuye ventajas comparativas a los países de Oriente al orden y respeto a las leyes, a la prevalencia de la autoridad, y a que se antepone el bien común al individual. Otras comparaciones desfavorables a México incluyen calidad de la educación y en particular en temas como matemáticas y ciencia, en que es particularmente baja.
Atribuye al “todos contra todos” y a otras formas de desorganización e incongruencia, opuesto al orden marcado por la autoridad prevaleciente en los países asiáticos que ha estudiado, una parte sustancial de los problemas de telecomunicaciones, brecha digital, y relacionados de México.
Cita a Hamadoun Touré en la promoción de las agendas de la sociedad de la información – seguridad de la información, otros referidos por ellos.
En la prospectiva regulatoria termina diciendo “vamos a ver qué pasa” con White Spaces, cloud computing, etc.
Preguntas y respuestas.
Juan Mijares (moderador) a Héctor Osuna: qué podemos hacer para promover la penetración de banda ancha, mejorar negocios, y reducir brecha digital.
Respuesta: fortalecer de una vez por todas al órgano regulador, sin más indecisiones.
viernes, enero 25, 2008
"Canon" ahora en Argentina - alcabala, acabala
A través de Sicrono (Technorati levantó la bandera allí) me entero de que en Argentina hay una iniciativa para imponer un canon (impuesto, que con un experto aquí hace unos años califiqué de "alcabala") sobre los medios de reproducción de música. Sicrono cita a su vez al blog de Mariano, uno de los principales (y más geniales) blogueros de Argentina. Ojalá logren combatir con éxito esta iniciativa. A la letra dice en Sicrono, "estará conformado por los importes que se recauden por la implementación de un cánon a todo objeto que permita el almacenaje, grabación y/o reproducción de música e imagen."
En México hace algunos años hubo una iniciativa similar en el Congreso de la Unión, que fue detenida cuando se hizo ver a las "fuerzas vivas" el absurdo que implicaba - por ejemplo, cobrar 9% de impuestos sobre cada computadora que se vendiera. Junto a muchos otros unimos fuerzas en ISOC México y la causa se ganó.
Como que a las sociedades de gestión colectiva de la propiedad intelectual no les termina de "caer el veinte" de lo que es el medio digital y en particular Internet. Ah, y por cierto, señores promotores de cánones, alcabalas y demás: ¿también van a cobrar por cada llamada de celular, bajada de "ringtones", video de boda o quinceañeras con música de fondo? Si un aparato como el iPhone puede reproducir música como si fuera iPod, a través de un acceso por Internet a un sitio (legal) de música en línea, y a una estación de radio, ¿le van a cobrar tres veces el cánon? Como además funciona como cámara de video, póngale, otro nueve por ciento, y como sirve para fotos fijas, túndele nueve más...
A los griegos pregunto: ¿por qué no hay una musa de la lógica, que por lo visto es una forma fina de arte?
En México hace algunos años hubo una iniciativa similar en el Congreso de la Unión, que fue detenida cuando se hizo ver a las "fuerzas vivas" el absurdo que implicaba - por ejemplo, cobrar 9% de impuestos sobre cada computadora que se vendiera. Junto a muchos otros unimos fuerzas en ISOC México y la causa se ganó.
Como que a las sociedades de gestión colectiva de la propiedad intelectual no les termina de "caer el veinte" de lo que es el medio digital y en particular Internet. Ah, y por cierto, señores promotores de cánones, alcabalas y demás: ¿también van a cobrar por cada llamada de celular, bajada de "ringtones", video de boda o quinceañeras con música de fondo? Si un aparato como el iPhone puede reproducir música como si fuera iPod, a través de un acceso por Internet a un sitio (legal) de música en línea, y a una estación de radio, ¿le van a cobrar tres veces el cánon? Como además funciona como cámara de video, póngale, otro nueve por ciento, y como sirve para fotos fijas, túndele nueve más...
A los griegos pregunto: ¿por qué no hay una musa de la lógica, que por lo visto es una forma fina de arte?
miércoles, julio 11, 2007
Copyright, copyleft, open access, publicación académica
En http://www.law.ed.ac.uk/ahrc/script-ed/vol4-2/taylor.asp encuentro una referencia interesante a un condensado de la discusión sobre publicación académica, copyright, y las nuevas formas de administración de la propiedad intelectual (aunque no discute extensamente Creative Commons, para ello remítanse también con León Felipe Sánchez Ambía y Jorge Ringenbach). Kevin Taylor da un vistazo de conjunto al balance de principios e intereses que mueven a un editor académico.
En nuestra experiencia reciente con Julio Beltrán, Fabián Romo, Larisa Enríquez y otros, tratando de crear una biblioteca digital en audio para ciegos y débiles visuales, bajo los nombres sucesivos de "Presta tu voz", ideado y conducido por Julio, y "El Tímpano Ilustrado", hemos conocido bien la pared con la que nos topamos cuando enfrentamos la visión más tradicionalista y exigente de la propiedad intelectual entendida como patrimonio antes que como servicio. El artículo de Taylor da la visión de conjunto y sus referencias permiten profundizar en los complejos entreveros del tema.
En nuestra experiencia reciente con Julio Beltrán, Fabián Romo, Larisa Enríquez y otros, tratando de crear una biblioteca digital en audio para ciegos y débiles visuales, bajo los nombres sucesivos de "Presta tu voz", ideado y conducido por Julio, y "El Tímpano Ilustrado", hemos conocido bien la pared con la que nos topamos cuando enfrentamos la visión más tradicionalista y exigente de la propiedad intelectual entendida como patrimonio antes que como servicio. El artículo de Taylor da la visión de conjunto y sus referencias permiten profundizar en los complejos entreveros del tema.
miércoles, febrero 07, 2007
Julio Beltrán, Presta tu Voz, y los derechos de autor
En http://ptv.schtuff.com/sobre_la_ley_de_copyright el amigo el Mtro. Julio Beltrán inicia un blog sobre el proyecto "Presta tu Voz" (audiolibros en red) y discute el impacto de las leyes y prácticas de derecho de autor sobre la posiblidad de publicar libros en audio (audiolibros) para ciegos y débiles visuales en línea. El proyecto "Presta tu Voz" (que también describe Julio allí) es una de esas iniciativas super-nobles y bien orientadas, que merece el mayor éxito. Seguro podremos desentrañar este asunto pronto. En una de ésas, nuestros amigos de Creative Commons le hallan la cuadratura que visiones más ortodoxas (¡para no llamarlas estrechas!) y restrictivas no permiten. León Felipe Sánchez, ¿nos estás leyendo?
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